Desde TEDIC queremos alertar sobre un intento de censura de una publicación nuestra donde identificamos expresiones y prácticas machistas en Internet en Paraguay. Hicimos un post donde incluimos como ejemplo de violencia machista declaraciones que afectan la integridad de una colega periodista y los insultos misóginos que se generaron en torno a este caso en redes sociales. A raíz de esto, tanto la periodista como TEDIC hemos recibido una denuncia – formulada como un pedido de amparo – por parte de uno de los individuos que fueron objeto del escrache virtual que nos obligaría a bajar nuestro contenido.
Para TEDIC, la denuncia en sí misma es un ataque a los esfuerzos contra la violencia hacia las mujeres y a la lucha diaria de tantas que exigimos igualdad en derechos fundamentales. Sería grave si la Justicia accede al pedido de censura del denunciante. Representaría complicidad con el daño que ocasionaron sus declaraciones y dejaría un precedente nefasto para organizaciones de derechos humanos y medios de comunicación que son necesarios canales de denuncia.
Detalles del caso
El 14 de febrero de este año, publicamos un post sobre las razones por las que nos unimos al Paro Internacional de Mujeres el 8 de marzo. Entre otras cosas, dijimos que la violencia de género en Internet es un problema grave que se debe erradicar y que nos moviliza a actuar. Parte de nuestro trabajo es identificar las formas en las que se manifiesta, porque nombrar a la violencia como tal es un acto no menor y crucial para combatirla. Graficamos como ejemplo las expresiones misóginas que se encontraban en un chat de conversación que hizo público una periodista y las reacciones machistas que le siguieron a su denuncia en la red. Acompañamos este ejemplo, como uno más de tantos que abundan en Internet, con la siguiente reflexión en el post que publicamos:
“Estas son muestras de violencia que forman parte de una “cultura de la violación“. Esta cultura, que se vive cotidianamente en Internet, promueve y normaliza conceptos y actos que atentan contra la integridad de mujeres y minorías LGBTQI. Si bien no suponen un daño físico en sí, conducen a graves hechos de violencia como la violación sexual y el feminicidio. Por eso, las agresiones en la Web nunca deben tratarse de forma ligera“
A raíz de esto, el señor Raúl Enrique Gómez Riquelme presentó un amparo, que es un recurso legal, para que eliminemos el contenido que publicamos en el post porque aparece en la conversación del chat grupal. El texto de su denuncia dice que esta acción sería para proteger su “honor, reputación, intimidad, dignidad, imagen e inviolabilidad [de su] comunicación privada“.
Nuestra posición como organización sigue firme. La violencia contra las mujeres en Internet y en todos los espacios debe ser evidenciada y repudiada sin dudar un segundo. En relación a la denuncia, consideramos que los ejemplos que utilizamos para graficar este tipo de violencia son válidos. Segundo, no existe acto lesivo alguno en nuestra publicación porque ni siquiera expusimos la identidad del que hoy acciona contra TEDIC. Tercero, como argumentamos al comparecer al citatorio del caso, nos avalan principios establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Relatoría Especial de Libertad de Expresión de la OEA. Este último, en el principio 10 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión, expresa que “las leyes de privacidad no deben inhibir ni restringir la investigación y difusión de información de interés público”.
El caso que mencionamos en nuestro post se ciñe a la cita precedente porque existe una amenaza a la integridad física -la violación sexual por identidad sexual no hetero-normada– de una persona. Por tanto, el contenido publicado de la conversación en redes sociales es de interés público. Además, éste no es un hecho aislado. Es un tipo de ataque que se intensifica hacia blogueras, periodistas, activistas que suelen ser más activas en Internet. Según datos de la World Web Foundation, ellas están expuestas a un mayor riesgo de sufrir violencia de género en forma de agresiones, comentarios sexistas, amenazas y descalificativos, lo que finalmente termina por censurarlas o inhibirlas de expresarse.
Finalmente, la acción judicial del denunciante comparte las mismas características que el contenido de las declaraciones misóginas del chat grupal y los comentarios machistas que se hacen en Internet cuando una mujer se anima a hablar. Busca silenciar una denuncia por demás legítima, limitar el debate público a través de la censura y prevenir que más mujeres se animen a hacer más denuncias.
La violencia contra las mujeres, en cualquiera de sus formas, no puede ser sujeta de amparo alguno. Lo que se deben amparar son los derechos humanos, como el de la vida, la libertad y la seguridad, algo que esperamos que la Justicia garantice en este caso.
«no existe acto lesivo alguno en nuestra publicación porque ni siquiera expusimos la identidad del que hoy acciona contra TEDIC»
Ahí están mintiendo porque claramente se ve el nombre del tipo en el post anterior, y no importa la postura que tenga Tedic, la gente en general o yo con respecto a este asunto. La ley es clara en cuanto a exponer públicamente a una persona. Eso no entra en la categoría de censura.
Cuando hacen este tipo de denuncias tienen que hacerlo con inteligencia, algo que en el post anterior brilla por su ausencia.
“las leyes de privacidad no deben inhibir ni restringir la investigación y difusión de información de interés público”
Las conversaciones privadas no entran en el contexto de interés publico.
Y no es una Ley, es un derecho constitucional. Art.33
Podes preguntárselo a cualquier juez/fiscal/abogado
Me parece que se equivocaron. Protegiendo la privacidad por un lado, y censurando el nombre del que más macanadas dijo, ya sea por amiguismos u otras cuestión dejando a luz la foto y nombre de los otros.
Esta en todo su derecho de pedir que saquen la publicación.