Carta sobre posicionamiento conjunto sobre el Voto Electrónico

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En el marco del tratamiento del tema de voto electrónico en la sesión del jueves 9 de mayo, desde TEDIC consideramos de vital importancia el poder acercar a la Cámara de Senadores una serie de argumentos y experiencias desde lo técnico, político y legal y relativos a la implementación del voto electrónico.

Por ende, hicimos entrega de una carta firmada por distintas personalidades y expertos técnicos del área informática y de sociedad civil en donde se expresan una serie de puntos que creemos que son de trascendental importancia para una debate informado en la sesión del 9 de mayo.

Desde TEDIC estaremos acompañando el tratamiento de los distintos proyectos de ley para acercar información a nuestros legisladores a través de nuestras redes sociales.

Asunción, Mayo de 2019

Honorable Cámara de Senadores,

A través de la presente, la comunidad de organizaciones, individuos/as y academia experta en materia de tecnología, seguridad digital, cibernética, derechos digitales y ciencia política, manifestamos nuestra preocupación con respecto a la aprobación del voto electrónico (conocido como «urnas electrónicas»)*, que forma parte de la la reforma electoral discutida en la Honorable Cámara de Senadores. y promovida por el partido Patria Querida y el Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA) en los siguientes proyectos de ley «Que dispone el uso exclusivo de Urnas Electrónicas y el Escrutinio Electrónico en las Elecciones Generales y de las Internas de los Partidos y Movimientos Políticos» y el proyecto de ley «Que modifica los artículos 247 y 258 de la Ley N° 834/96 «Que establece el Código Electoral Paraguayo», modificados por Ley N° 3166/07 «Que modifica los artículos 106, 170, 246, 247, 248 y 258 de la Ley N° 834/96 «Que establece el Código Electoral Paraguayo».

Desde nuestra perspectiva, estos proyectos que presentan una apariencia de «modernidad», amenazan seriamente el régimen democrático de nuestro país. Limitando definitivamente la posibilidad de auditar de forma eficiente y ciudadana el sistema electoral paraguayo. Esto se debe a que pone en peligro la preservación de los siguientes elementos:

I. El secreto del voto
II. La integridad del voto
III. La igualdad de todos los electores

Nos hemos auto convocado para plantear una serie de elementos que deberían ser analizados en consideración para la toma de una decisión completamente informada sobre la implementación de estas tecnologías en el sistema de votación paraguayo.

1. El sistema de votación es una de las piedras angulares del sistema electoral y muchas veces se le termina echando la culpa de las fallas de todo el sistema. Por culpa de este falso diagnóstico, se busca colocar esta tecnología, que termina siendo una «caja negra», sobre la voluntad de las personas electoras y la expresión de sus votos. Esto pone en riesgo el ejercicio del Art. 118 de la Constitución de la República, pues el mismo establece que el sufragio es la base del régimen democrático representativo y debe ser: universal, libre, directo, igual y por sobre todo: secreto. En un sistema de votación, nadie debería saber qué votó una persona, este acto no es público y debe ser salvaguardado para el ejercicio pleno de las personas sin presión externa.

En los sistemas de voto electrónico, los requerimientos de seguridad entran en tensión entre sí. Por ejemplo, garantizar al 100% la integridad y precisión del sistema (que cada voto se cuente correctamente, con la intención original del votante) necesitan cierto nivel de trazabilidad. Esto va en contra del requerimiento de «voto secreto», por lo que garantizar este último requerimiento implicaría reducir los niveles de integridad y precisión.

El hecho de que las máquinas de votación tengan la capacidad de emitir listados, combinando la identidad del votante y su voto, las invalida como garantes de privacidad en los sistemas de votación. El problema no es que esos documentos estén o no disponibles al público, sino que su simple existencia abre un abanico de posibilidades de vulneraciones y de aplicarlas de forma masiva. El sistema de votación en papel está diseñado de tal forma que es imposible recuperar la identidad de los electores de forma masiva.

Asimismo, elimina el registro de la boleta de votación conferido por el elector, sustituyéndolo por un «voto virtual ciego» que será impreso. Esto implica que el elector no tiene manera de comprobar si lo que está en el papel es lo que en realidad se computó.

2. Deroga la obligatoriedad de la justicia electoral de efectuar un escrutinio abierto por todas las personas, antes y luego de la publicación de los resultados finales; En caso de voto electrónico, el bajo nivel de usabilidad o accesibilidad para las personas que no cuenten con un buen nivel de alfabetización digital puede perjudicar el resultado del voto, e incluso si esto puede ser mitigado con la presencia de asistentes, el carácter secreto del voto desaparece al igual que con la utilización de urnas electrónicas ya que el vínculo entre voto y votante puede ser fácilmente reconstruido. También cabe resaltar que la privacidad de la persona votante no puede ser asegurada en tanto que no existe forma de asegurar el no almacenamiento de sus datos personales.

3. El voto electrónico da pie a nuevas y mayores formas de fraude electoral en tanto la veracidad de la votación no puede ser constatada ni tampoco asegurada. Se ha podido comprobar la facilidad con que el voto electrónico pueden ser vulnerado y manipulado desde su hardware con la pérdida física de los discos dónde se encuentran almacenadas las memorias, la falta de calibración de las pantallas táctiles o repentinas pérdidas de energía en los recintos de votación, hasta la inserción de códigos maliciosos en el software e interceptación de señal sobre la cual se ejecuta la elección de los votantes.

La tendencia internacional es de revertir el uso de tecnologías para el voto electrónico, países como Alemania (2009) declararon inconstitucional su práctica, también Irlanda, Finlandia, Holanda y más recientemente Suiza (2019) también prohibió la utilización de voto electrónico. De los 194 países soberanos, sólo 5 países utilizan el voto electrónico y son: Brasil, India, Estonia, Venezuela y Filipinas, mientras que 4 países de forma parcial entre algunos de ellos EEUU (25%) y Francia (30%).

4. Estas leyes, si se aprueban, traerán como resultado la institución de un sistema electoral en el que no se podrá ejercer una auditoría externa eficaz, poniendo en jaque hasta los fundamentos del proyecto democrático paraguayo. La finalidad de esta alerta es la denuncia de la falta de confiabilidad de un sistema electoral informatizado en la fase de la emisión del voto.

5. Nos sorprende, sin desmerecer sus competencias en el ámbito jurídico, que las autoridades respetables del Congreso Nacional y el Tribunal Superior de Justicia Electoral puedan anunciar, con toda convicción, que el sistema de voto electrónico es «100% seguro» y que es la única vía para la implementación del desbloqueo, facilitando información engañosa en áreas que no dominan, ajenas a su campo de conocimiento específico.

6. Las elecciones generales de 2018 tuvieron un costo de 20 millones según el Tribunal Superior de Justicia Electoral. De acuerdo a cálculos extraoficiales, implementar un sistema de voto electrónico podría costar hasta diez veces más: entre 150 a 200 millones de dólares. Este punto debe ser considerado en términos de la política pública que quiere ser implementada.

7. Basta de oscuridad en el sistema electoral. Enfatizamos la necesidad de celebrar debates técnicos públicos e independientes sobre la seguridad del sistema y que sus defectos sean corregidos, antes de la aprobación de leyes que comprometen la transparencia del proceso.

Aceptar esta pérdida de transparencia e implementar un sistema tecnológico en el sistema de votación, implica una interferencia y un riesgo de ser gobernados por una casta corrupta, con los controladores del sistema electoral, pudiendo elegir a sus sucesores, incluso sin tener los votos necesarios.

8. Abogamos por una utilización adecuada de la tecnología informática en los procesos electorales siempre que la misma aumente el buen proceder y la confianza en dichos procesos.

Para concluir, las necesidades que plantean reformas como la del desbloqueo pueden ser resueltas sin el uso de urnas electrónicas, implementando y utilizando tecnología en otro momento del proceso electoral, como por ejemplo en el escrutinio y en el conteo de votos, a través de escáneres ópticos, pero no en la instancia de votación (emisión del voto) . La democracia paraguaya exige respeto al principio de transparencia, e implementar el voto electrónico conlleva el retroceso de la calidad democrática paraguaya

Firmantes
TEDIC (Tecnología y Comunidad)
Cámara Paraguaya de la Industria del Software (CISOFT)
Christian Parra, académico e Ingeniero Informático
Vanessa Cañete, Ingeniera Informática

Para descargar la carta en formato imprimible, hace clic acá.