En un contexto global donde enfrentamos desafíos complejos en términos de derechos digitales, nos encontramos con la creciente presencia de modelos de aprendizaje profundo o inteligencia artificial, flujos transfronterizos de datos y la manipulación de nuestros datos por grandes empresas con políticas de transparencia cuestionables. Todo esto, junto a las tensiones de soberanía nacional, enfatiza la necesidad de una legislación clara que nos proteja.
Cada acción que tomamos, lo que vemos, consumimos, e incluso lo que somos, deja huellas que se convierten en datos personales. Entonces surge una pregunta crucial: ¿a quién confío mis datos?
A menudo, estos datos pueden revelar más sobre nosotros que lo que decimos verbalmente.
Este cuestionamiento ha desencadenado debates importantes en todo el mundo, cada vez más relevantes. En las últimas cuatro décadas, los países han establecido marcos legales sólidos no solo para proteger la intimidad, sino también para defender la autonomía del individuo en el control de sus datos. Tienes el derecho de apelar, solicitar información y prevenir el abuso de tus datos tanto por el Estado como por las empresas.
Desde su fundación en 2012, TEDIC ha estado promoviendo una Ley Integral de Protección de Datos Personales. Aunque hemos logrado reunir a varios actores en esta causa y hemos formado la Coalición de Datos Personales, las respuestas actuales son insuficientes frente a la urgencia de la situación. Paraguay, junto con Bolivia, son los únicos países de la región que aún no cuentan con una ley nacional que proteja a sus ciudadanos y ciudadanas de los abusos en materia de datos personales, aunque a nivel subnacional recientemente el país vecino tomó la delantera.
Esta situación debe abordarse desde una perspectiva de derechos humanos, especialmente en un mundo en el que las tecnologías «deshumanizantes», el espionaje y el uso indebido de datos personales son una realidad constante. Esperamos que la ley, actualmente en la Cámara de Diputados, avance hasta el Senado y su existencia se convierta en un acto de justicia y consolidación del Estado de Derecho que frente a sus dificultades y deudas encuentra en actores políticos, la sociedad civil organizada y la academia, aliados fundamentales.
La Coalición de Datos Personales de Paraguay y los legisladores que respaldan esta iniciativa han trabajado arduamente y, al cierre de este documento, el proyecto de ley presentado en 2021 espera ser discutido ante el pleno de la Cámara de Diputados antes de fin de año tras tres postergaciones en el orden del día. Esta ley, que ha sido revisada por más de 30 informes de instituciones públicas y privadas, representa un hito importante en nuestra lucha por la privacidad.
Los legisladores tienen la oportunidad de defender a la población de los abusos diarios a la privacidad en Paraguay. No queremos mensajes no solicitados, llamadas comerciales intrusivas ni manipulación política basada en datos sensibles. ¡El momento de la justicia es ahora! Apoyemos una ley de protección de datos personales ya.
Desde la Clínica Jurídica, en su segunda edición, con el valioso concurso de la Dirección de Investigación de la Facultad de Derecho y el exhaustivo esfuerzo depositado en cada uno de los y las estudiantes que nos honran con sus ensayos, esperamos que las personas lectoras encuentren en el siguiente compendio, nuevos planteamientos y sobre todo, convicción en la defensa de los derechos humanos en su intersección con la tecnología.
La identificación de temas sumamente relevantes cruzados con la realidad nacional caracteriza cada uno de los ensayos a continuación disponibles. El primero, de Beconi y Rodríguez Alcalá, evidencia a partir de un estudio de caso los desafíos en materia de protección de datos recopilados en el ámbito crediticio, la necesidad de contar con una mejor armonización en la materia, donde factores cómo la innovación, derechos del consumidor y la globalización obligan a que exista una autoridad de aplicación especializada, cual es uno de los objetos centrales para garantizar la eficacia en la implementación de cualquier normativa en la materia.
El segundo ensayo, de Rattazzi y Romero, toca otro tema central ante la emergencia del capitalismo de plataformas, de la “uberización” del consumo informacional y la confluencia entre protección de datos, derecho a la intimidad, derechos intelectuales y violencia de género. En palabras breves y concisas, e invitando a disparar más preguntas, nos acerca a pensar cómo la plataforma Onlyfans existe y merece una conversación desde el derecho, invitando a salir de una lectura superficial a una caracterización de posibles víctimas de derechos en el espacio digital.
¿Quién vigila al vigilante? ¿Qué tan “inteligente” es hipervigilar a la población en las ciudades? La tecnología implementada recientemente en el país y en la región, ¿está realmente al servicio de la población o emerge como una amenaza? Con un análisis provocativo y un ensayo rico en referencias, Mendieta, Bestard y Florentin alertan sobre cómo la tecnología, haciendo uso abusivo de datos, puede afectar libertades fundamentales; cómo la libertad de asociación, reunión, expresión y pensamiento, violando la intimidad, pueden llegar a profundizar la marginación social de sectores históricamente excluidos y resquebrajar pilares de la democracia, como, por ejemplo, la presunción de inocencia.
Por último, con precisión legal y un análisis oportuno, Penayo y Barrios, realizan un análisis legal del recurso de amparo presentado por TEDIC en el 2018 ante la Corte Suprema de Justicia, ante una negación de acceso a la información pública sobre compra de tecnología de cámaras de videovigilancia con reconocimiento facial en Paraguay por parte del Ministerio del Interior. El caso ha superado la primera y segunda instancia en lo legal, y la solicitud ha sido denegada. Actualmente se encuentra en la Sala Constitucional, tras la presentación de una acción de inconstitucional.
El análisis fortalece, desde una mirada local y punto por punto, los motivos por los cuales corresponde la procedencia del amparo, considerando que es un caso de interés difuso, que no existe otra figura legal por la cual se pueda incoar la acción peticionada y, además, puntualizando que se han agotado todas las vías administrativas posibles para efectivizar el cumplimiento del derecho constitucional.
Este oportuno análisis se alinea con posicionamientos brindados en el caso por organizaciones internacionales, como Access Now y Artículo 19, quienes se presentaron a la Corte en carácter de amicus curiae, cómo a la exigencia reciente que viene haciendo TEDIC, con apoyo de la Coalición por la legalidad, impulsada por Fundación CIRD.
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