A propósito del tratamiento del proyecto de Ley de Retención de Datos de Tráfico y en el marco de la campaña contra la aprobación del mismo — #pyrawebs -, la ONG TEDIC (Tecnología y Comunidad), pionera en la defensa de los Derechos Humanos en Internet en Paraguay, desea expresar cuanto sigue:
1. Rechazamos la postergación de la discusión de fondo sobre el proyecto de Ley de Retención de Datos de Tráfico, que cuenta con media sanción de la Cámara de Senadores. Esto conlleva a un alto riesgo de tener sanción ficta el próximo 12 de marzo.
2. Consideramos que en los términos actuales, este proyecto de ley violenta derechos básicos como el de la libertad de expresión, intimidad, inviolabilidad de la comunicación privada y presunción de inocencia, consagrados en nuestra Constitución Nacional. Por ello, solicitamos a los proyectistas que lo retiren de tratamiento. Los paraguayos nos merecemos leyes acordes a los principios estipulados en la Carta Magna.
3. Condenamos cualquier intento de vigilar todas las comunicaciones sin justificación debida, violando la Constitución Nacional. Leyes de este tipo han motivado a países como Alemania, Argentina, Austria, Blugaria, Chipre, República Checa, Rumania y Eslovenia a declarar inconstitucional la Retención de Datos. También la Gran Sala del Tribunal de Justicia Europea declaró inválida la Directiva de Retención de Datos de Tráfico en toda Europa.
4. La aplicación de esta Ley debería autorizarse únicamente cuando exista riesgo particular de un daño superior al interés general de la sociedad. En este caso el interés general se expresa en el derecho a la privacidad y a la libre expresión y circulación de información. Este proyecto no contempla esta situación, por lo que es desproporcional.
5. En vez de realizar una inversión tan importante en infraestructura para la vigilancia, se deberían redoblar esfuerzos para consolidar las telecomunicaciones en Paraguay, mejorando la calidad del acceso así como también los costos para los usuarios más necesitados.
6. Solicitamos que se fortalezcan las instituciones de seguridad del Estado para aumentar la seguridad de las personas y perseguir el terrorismo, narcotráfico y pedofilia de forma específica, erradicando la cultura de la extorsión y la coima, profesionalizando el Poder Judicial, dotando de recursos a la Policía Nacional y capacitando a las instituciones de protección a los menores de edad.
7. Exigimos la conformación de una mesa multi-sectorial para debatir sobre una Ley de Protección de Datos Personales, que brinde garantías y control de la información personal depositada en sistemas de almacenamiento digital, asegurando que personas inescrupulosas que vendan y distribuyan cualquier dato de carácter personal sean llevados a la justicia. No podemos debatir un proyecto de Retención de Datos sin antes contar con una Ley de Protección de Datos Personales.
8. Exigimos mayor y mejor calidad de debate en la Cámara de Diputados a fin de que los Derechos Humanos en Internet sean protegidos, y no restringidos.
9. Instamos a que el Presidente y el Vice-Presidente de la República se pronuncien sobre este tema y esperamos que expresen su rechazo al intento de instalar un marco jurídico que da pie a la vigilancia masiva de la ciudadanía por parte del Estado. Asimismo, esperamos un pronunciamiento de las empresas proveedoras de Internet.
10. Con este comunicado, presentamos una petición de rechazo al proyecto de ley firmada por más de 2000 personas. La petición la firman periodistas, artistas, intelectuales, activistas de sociedad civil, abogados, y ciudadanos en general que están preocupados por las implicancias de este proyecto de ley a los principios democráticos sobre los que se funda nuestra nación.
11. Finalmente, hacemos un llamado a todas las organizaciones de derechos humanos, sindicatos, gremios, movimientos estudiantiles, periodistas, empresas, y público en general a pronunciarse a favor de la privacidad, la libertad y la seguridad en Internet y expresen su rechazo al proyecto de ley de retención de datos de tráfico.
El equipo de TEDIC
“Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y de recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.”
Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
“El patrimonio documental de las personas es inviolable. Los registros, cualquiera sea su técnica, los impresos, la correspondencia, los escritos, las comunicaciones telefónicas, telegráficas o de cualquier otra especie, las colecciones o reproducciones, los testimonios y los objetos de valor testimonial, así como sus respectivas copias, no podrán ser examinados, reproducidos, interceptados o secuestrados sino por orden judicial para casos específicamente previstos en la ley, y siempre que fuesen indispensables para el esclarecimiento de los asuntos de competencia de las correspondientes autoridades“
Art. 36 de la Constitución Nacional del Paraguay.