En esta nueva investigación, examinamos de cerca seis casos legales, que involucran a funcionarios y personas de interés público, bajo la ley 5777/16, cuyo objetivo es la protección integral de las mujeres contra toda forma de violencia en Paraguay. En este estudio exploratorio indagamos sobre cómo la aplicación de esta ley está generando algunas controversias, especialmente en cuanto a la censura previa y la libertad de expresión de periodistas y comunicadores. Esta investigación fue revisada y originalmente publicada por el Centro de Estudios de Libertad de Expresión (CELE) de la Universidad de Palermo, Buenos Aires, Argentina.
A continuación, presentamos los seis casos que son abordados en este estudio con el fin de ilustrar cómo la ley fue aplicada y sus implicaciones para la libertad de expresión en Paraguay.
Análisis de los 6 casos bajo la Ley 5777/16
Estos 6 casos comparten un patrón común: todos involucran a personas de interés público.
Estas personas, al ser públicas, deben estar dispuestas a tolerar críticas y opiniones diversas. Mientras que los Estados deben garantizar la libertad de expresión, las personas de interés público también deben estar preparadas para escuchar y aceptar opiniones diferentes a las suyas.
De los 6 casos analizados, 2 tuvieron resultados a favor de la libertad de expresión
(Medina vs Aquino y Gamarra vs González). Los otros 4 casos implican una sentencia en contra de la libertad de expresión (Chena vs Mousques; Portillo vs Duarte; Guachiré vs Galli, Chamorro vs Vega) y nos preocupa.
Caso 1: Mabel Portillo vs. Gloria Duarte
La periodista Mabel Portillo fue acusada de violencia psicológica por la intendenta de Yataity del Guairá, Gloria Duarte, tras criticar la gestión de fondos municipales. Este caso destaca la tensión entre la crítica periodística y la protección legal contra la violencia, con un fallo judicial que limitó la libertad de expresión de la periodista.
Caso 2: Christian Chena y RDN vs. Gisele Mousques
Christian Chena, dueño del medio RDN, enfrentó restricciones judiciales después de ser denunciado por Gisele Mousques, esposa del político Darío Filártiga. Una jueza prohibió a Chena mencionar a Mousques en medios digitales, sugiriendo una interpretación de la ley que restringe la libertad de expresión en lugar de protegerla adecuadamente.
Caso 3: Alfredo Guachiré vs. Celia Galli
Alfredo Guachiré, periodista, publicó un artículo implicando a Natalicio Chase, presidente de ESSAP, y su esposa Celia Galli en un caso de estafa. Galli usó la Ley 5777/16 para acusar a Guachiré de violencia contra la mujer, en un claro ejemplo de cómo ciertas figuras públicas están utilizando la ley para silenciar críticas.
Caso 4: Letizia Medina vs. Norma Aquino
Letizia Medina enfrentó medidas cautelares por publicaciones consideradas difamatorias por la senadora Norma Aquino. En este caso, la justicia falló a favor de la libertad de expresión, destacando la necesidad de aplicar correctamente el test tripartito para distinguir entre hostigamiento y libre expresión.
Caso 5: Rodrigo Gamarra vs. Kattya González
Rodrigo Gamarra fue acusado de difamación por la política Kattya González, quien alegó ataques personales y difamatorios. La sentencia a favor de la libertad de expresión en este caso subraya la importancia de proteger el discurso crítico, especialmente en contextos políticos.
Caso 6: Fredy Chamorro vs. Claudia Vega
Fredy Chamorro, periodista, reveló irregularidades en la gestión del Hospital Distrital de Encarnación por Claudia Vega, quien respondió con una denuncia por acoso y amenazas. Este caso resultó en un fallo contra la libertad de expresión, mostrando cómo la ley puede ser utilizada para inhibir la investigación periodística.
Mediante el análisis de estos casos, se busca comprender cómo la citada ley puede ser interpretada de manera restrictiva, afectando así la diversidad de opiniones, la creatividad humorística y la libertad de prensa en el país. Estos hallazgos sugieren que la ley, si bien crucial para la protección de las mujeres, necesita una revisión para evitar que se convierta en un instrumento que restrinja indebidamente el debate público.
Hallazgos clave
- La necesidad de un enfoque equilibrado que proteja tanto los derechos de las mujeres como la libertad de expresión y el debido proceso legal en una sociedad democrática. La ponderación de ambos derechos debe ser diferenciados en casos de interés público y persona pública. Es importante reconocer que existen situaciones legítimas en las que las medidas similares pueden ser necesarias, como cuando se prohíbe a una persona con antecedentes de violencia mencionar o dirigirse a su ex pareja a través de mensajerías y redes sociales.
- La importancia de distinguir entre el hostigamiento y la libertad de expresión, y destacar los usos indebidos de esta ley en asuntos de interés público.
- Las decisiones judiciales no clarifican cómo se aplican los conceptos de violencia definidos en la ley 5777/16. Además, se observa una vinculación problemática entre las expresiones críticas o cuestionadoras hacia la mujer y formas de violencia simbólica, sin un análisis preciso ni fundamentado sobre la materia.
Recomendaciones concretas
- Reglamentar de manera precisa y detallada la aplicación de la Ley 5777/16 y la Ley 1600/00 para evitar posibles abusos por los Tribunales y garantizar una protección efectiva a las víctimas de violencia: Es fundamental que se establezcan procedimientos claros y transparentes para la solicitud, evaluación y aplicación de la ley, en especial las medidas cautelares contempladas en esta ley, asegurando que se respeten plenamente los preceptos constitucionales e internacionales de libertad de expresión.
- Brindar capacitación adecuada a las y los profesionales encargados de aplicar estas medidas, incluyendo jueces, juezas, fiscales, abogados, abogadas y personal policial, en temas relacionados con violencia de género, derechos humanos y libertad de expresión: Esta capacitación debería incluir un enfoque de género y sensibilidad a las necesidades específicas de las víctimas, así como una comprensión clara de los principios y normas internacionales aplicables en la materia.
- Establecer mecanismos de monitoreo y supervisión efectivos para garantizar el cumplimiento adecuado de la ley y prevenir posibles abusos en la aplicación de las medidas cautelares: Esto podría incluir la creación de instancias de control independientes y la implementación de sistemas de seguimiento y evaluación periódica de los casos.
- Mejorar los conceptos de violencia de género facilitada por la tecnología en la ley 5777/16 para que su aplicación incluya la identificación de los tipos de violencia en este espacio digital.
Sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
En Paraguay, el compromiso con los derechos humanos trasciende nuestras fronteras nacionales. Al reconocer la figura de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), nuestro país se alinea con una visión internacional de protección y promoción de derechos.
Esta adhesión establece un mandato: todas las decisiones de la Corte IDH son vinculantes para el sistema judicial paraguayo. Esto significa que nuestras cortes y tribunales están obligados a considerar y aplicar los fallos y directrices de la Corte IDH, asegurando un estándar internacionalmente reconocido. La Corte IDH emitió 14 sentencias que son ejercicios esenciales para aplicar adecuadamente la ley, subrayando la importancia de la libertad de expresión. Estas sentencias fueron identificadas en nuestra investigación y respaldan tanto el análisis como nuestro posicionamiento a favor de la libertad de expresión.
Todas estas preocupaciones también fueron abordadas en la reunión con Pedro Vaca el Relator Especial para la libertad de expresión (RELE) de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) de la OEA, que fue liderada por la Doctora Alejandra Peralta Merlo. La información aportada se integró al monitoreo que realiza la RELE sobre la Ley 5777/16 y la repercusión que está teniendo en la libertad de expresión en Paraguay.
Para más detalles sobre cada caso y nuestras propuestas de reforma, invitamos a consultar y descargar nuestro informe completo aquí.