En Paraguay, algunos jueces están usando la Ley 5777, cuyo objetivo es la protección integral de las mujeres contra toda forma de violencia, para censurar a periodistas y comunicadores. Desde TEDIC, previamente nos posicionamos sobre esta tendencia en febrero de este año y en este mayo lanzamos una investigación que exploraba seis casos que involucran a personas de interés público sobre la mala aplicación de la ley 5777/16 . De estos seis casos, dos tuvieron resultados a favor de la libertad de expresión y los otros cuatro resultaron en sentencias en contra de la libertad de expresión. Uno de estos casos es el de Christian Chena vs. Gisele Mousques, donde una interpretación cuestionable de la Ley 5777/16 llevó a restricciones judiciales en contra de Chena, accionista del medio RDN, quien enfrentó prohibiciones para mencionar a Mousques en medios digitales. Esta mala aplicación de la ley nos motivó a presentar un amicus curiae, proponiendo reconsideraciones para el caso Chena y defendiendo un balance justo entre la protección contra la violencia y la libertad de expresión.
¿Qué es un amicus curiae? ¿Por qué y para qué se presenta?
Un amicus curiae es una expresión en latín que significa «amigo de la corte». En el ámbito legal, se refiere a una persona o grupo que, sin ser parte directamente involucrada en un caso, ofrece información, experiencia o una perspectiva adicional que puede ayudar a los miembros de una corte a tomar una decisión más informada. En este contexto, desde TEDIC, junto con el Centro de Estudios en Libertad de Expresión (CELE) y la Wikimedia Foundation, presentamos un amicus curiae ante la Corte Constitucional del Poder Judicial paraguayopara brindar una perspectiva adicional sobre el caso de Christian Chena. Consideramos que la interpretación de la Ley 5777/16 en el caso de Chena es incorrecta y peligrosa, y pone en riesgo la libertad de expresión de periodistas y comunicadores en Paraguay. Por ello, decidimos intervenir presentando un amicus curiae que ofrece una visión fundamentada al tribunal.
La falta de un análisis riguroso desde una perspectiva de derechos humanos plantea serias preocupaciones sobre el respeto a este derecho fundamental en Paraguay. La situación es particularmente grave porque la violencia de género es uno de los problemas más serios que enfrentan nuestras comunidades, y la existencia de marcos jurídicos adecuados para combatir este fenómeno es imprescindible. El abuso de estos marcos jurídicos con fines espurios constituye un doble problema: afecta la libertad de expresión y debilita leyes necesarias, haciéndolas vulnerables a ataques oportunistas y conservadores.
Nueva perspectiva ante la Corte
En nuestro amicus curiae, presentamos varios puntos clave, previamente desarrollados en nuestro posicionamiento, entre los que se destacan:
- Defensa de la libertad de expresión: Argumentamos que la aplicación de la Ley 5777/16 debe equilibrarse con el derecho a la libertad de expresión, especialmente en casos que involucren a personas de interés público, como es el caso de Gisele Mousques.
- Estándares de responsabilidad según el sistema interamericano de derechos humanos: Enfatizamos que la Convención Americana de Derechos Humanos permite limitaciones al derecho de libertad de expresión solo cuando se fijan de manera expresa en la ley y son necesarias en una sociedad democrática.
- El efecto del «paso del tiempo» en la libertad de expresión: Señalamos que la permanencia de la información en Internet no debe ser una excusa para censurar o limitar la libertad de expresión, y que las expresiones pasadas siguen siendo de interés público.
- Prohibición de la censura previa: Resaltamos que cualquier medida que imponga la abstención de ejercer la libertad de expresión constituye una forma de censura previa, prohibida por la Convención Americana de Derechos Humanos.
Por eso pedimos a la Corte
- Que se rechace in limine la acción de inconstitucionalidad promovida por Gisele Zuni Mousques.
- Que se aplique el test tripartito con el fin de considerar si el fallo contra el periodista y el medio RDN cumple con los principios de legalidad, finalidad imperativa, necesidad, adecuación y proporcionalidad de la medida.
- Que se reconozca la protección especial a la libertad de expresión en el contexto del debate público sobre asuntos de interés público.
- Que se inste a la parte demandante a hacer uso de su derecho de rectificación antes de recurrir a medidas que restrinjan la libertad de expresión.
- Que se considere inaplicable la doctrina de responsabilidad civil por la mera repetición de información pasada sin pruebas contundentes de dolo o negligencia grave.
- Que se aclaren las interpretaciones de la Ley 5777/16 y 1600/00 para evitar que sean utilizadas como herramientas para limitar la libertad de expresión.
Con esta presentación, buscamos resaltar, tanto a nivel local como regional, la importancia de un equilibrio justo entre la protección contra la violencia y la libertad de expresión, asegurando que, ante un contexto nacional hostil para la libertad de expresión y prensa, nuestras leyes se apliquen de manera que no socaven los derechos fundamentales de periodistas y personas comunicadoras en Paraguay. Creemos firmemente que esta intervención puede contribuir a establecer precedentes importantes para futuros casos, protegiendo tanto a las víctimas de violencia de género como a quienes ejercen su derecho a la libertad de expresión.
Conocé en detalle nuestros argumentos y recomendaciones va través de nuestro posicionamiento o descargando nuestra investigación sobre el tema.