Que quede claro. El narcotráfico, el terrorismo, la pornografía infantil y otros graves delitos deben ser combatidos tenazmente por el Estado paraguayo — no con herramientas jurídicas y tecnológicas que socavan los cimientos del sistema democrático como lo es la retención de datos de tráfico, sino con programas de prevención y en el marco de un debido proceso.
Mas la reciente aparición de un sitio en Facebook de pornografía infantil ha servido a la Fiscalía para reiniciar la promoción de #pyrawebs, presentando al proyecto como la panacea para garantizar más seguridad a la ciudadanía y en particular, a los niños.
El fiscal Ariel Martínez afirma que para llegar a los responsables del hecho, dependen de la buena voluntad de las operadoras, pero que como no tienen la obligación de guardar datos de tráfico, no se las puede culpar si no colaboran. “Esa obligación legal iba a ser una de las cuestiones impuestas por la mal llamada ley de Pyrawebs”, expresó en una entrevista.
Ante estas conjeturas, es necesario abordar la siguiente pregunta:
¿Es #pyrawebs realmente una herramienta necesaria y efectiva para perseguir delitos y garantizar nuestra seguridad?
Desde TEDIC hemos argumentado que no lo es y lo reafirmamos. Por el contrario, #pyrawebs es desproporcional, su efectividad está en duda, y antes que brindar más seguridad, hará más vulnerables a todos los usuarios de Internet. Aquí te explicamos por qué.
Vigilancia específica vs. vigilancia masiva
La persecución de delitos debe realizarse siempre bajo una sospecha justificada, individualizada, dirigida, con un proceso legal mediante –no violando principios fundamentales como el de la presunción de inocencia, el derecho a la privacidad y la libertad de expresión. Los mismo se aplica al entorno digital.
En otros países, cuando una fotografía de pornografía infantil se sube a la Web, se identifica el IP (usuario) asociado a esta actividad. A partir de allí, con una causa legal de por medio, se preservan los datos que corresponden al usuario en cuestión para monitorear su comportamiento. A esto se denomina vigilancia específica y es una alternativa viable para ayudar a resolver crímenes en el marco de un debido proceso.
Esta alternativa es diametralmente distinta a la que propone la ley #pyrawebs, bajo la cual se retendrían los datos de tráfico — con quién hablaste o chateaste, por cuánto tiempo, en dónde estuviste ubicado en el momento de la conversación, entre otros — de todos los usuarios de Internet, inocentes o no de delito alguno, durante 12 meses. ¿Desproporcional? Porsupuesto. Esta es una pieza fundamental del sistema de vigilancia masiva, a la que nos debemos oponer rotundamente.
Ley inefectiva y profundamente dañina
Los promotores de #pyrawebs afirman que la retención de datos de tráfico permitiría ubicar a responsables de sitios de pornografía infantil y otros delitos. Pero existen serias dudas sobre la efectividad de esta herramienta desde el punto de vista tecnológico, además de cuestionamientos de principios. Primeramente, recordemos que los criminales más peligrosos utilizan herramientas de anonimización o cifrado, imposibilitando que sean fácilmente encontrados.
Segundo, en el proceso de dar con unos delincuentes, habrán sido víctimas de vigilancia injustificada demasiadas personas inocentes — he ahí la desproporcionalidad a la que nos referimos. En base a un simple cálculo matemático realizado por un profesor de la Universida de Tromso en Noruega, se concluye que “inclusive si el programa de vigilancia masiva tiene un índice positivo falso de 1 en 1.000 — y no hay tecnología de seguridad que siquiera se acerque a esto — cada vez que le preguntes por sospechosos, marcará a 60.000 personas inocentes”.
Pero, inclusive en el hipotético caso que la retención de datos de tráfico sea efectiva, no tendríamos por qué legitimarla y menos aún legalizarla. La efectividad jamás puede ser recurso suficiente para aprobar una ley en un estado que se dice ser democrático. Efectivas han sido muchas herramientas, al mismo tiempo de ser profundamente dañinas: la bomba atómica, las cámaras de gas, el pyraguereato en la dictadura, los toques de queda, entre otros.
¿Construiremos nuestras leyes y nuestras políticas públicas sobre la base del pragmatismo, o sobre principios, tratados y normativas democráticas a las que hemos adherido como país? Las autoridades navegan en esta difícil disyuntiva todo el tiempo. Pero para resolver ese dilema tenemos nuestra historia, que demuestra que no se logra mayor seguridad a costa del sacrificio de algunos derechos. Lo que si se logra es generar un clima de tensión, miedo y desconfianza en la población, dañando el delicado tejido social que nos une y sumiéndonos así a los dictados de un Estado y empresas cada vez más intrusivas y poderosas.
La experiencia internacional: preguntas y lecciones
Los fiscales y legisladores del proyecto de ley reiteran la indispensabilidad de #pyrawebs para combatir delitos.
Sin embargo, en países como Argentina, Alemania, Holanda y muchos otros la retención de datos de tráfico ha sido declarada como inconstitucional… y no por ello han dejado de perseguir eficazmente hechos punibles.
¿Cómo hacen estos países entonces? — es una pregunta que debemos hacernos y que el gobierno no haría mal en explorar antes de optar por la promoción de una normativa abusiva y violatoria de derechos fundamentales.
También es interesante ver la experiencia de países que si cuentan con normativas o leyes de retención de datos de tráfico como el caso de Mexico, Francia y EE.UU. ¿Se han reducido los crímenes efectivamente en estos países? Datos sobre la experiencia del último presentan un escenario poco alentador.
Un estudio de la New America Foundation sobre la efectividad del programa de espionaje de la Agencia de Seguridad Nacional o NSA de EE.UU. revela que los datos de tráfico han jugado un rol prácticamente irrelevante a la hora de atrapar terroristas. Sólo 1,8% de los 225 casos de miembros o personas asociadas a Al-Qaeda que fueron investigados y procesados desde el 9/11, se lograron concretar a partir del uso de metadados. El reporte añade que:
«(…) la vigilancia de los datos de tráfico de los celulares de los estadounidenses no ha tenido un impacto discernible para prevenir actos de terrorismo, y sólo ha logrado un impacto marginal en prevenir actos relacionados al terrorismo, como la financiación de grupos terroristas»
De acuerdo al estudio,
“métodos investigativos tradicionales, como el uso de informantes, recomendaciones de las comunidades locales, y operaciones de inteligencia específicas e individualizadas, proveyeron el ímpetus inicial para las investigaciones en la mayoría de los casos”.
A raíz de estas y otras revelaciones, se ha conformado una campaña en contra de la retención de datos de tráfico en este país bajo la denominación Fight 215, como una primera medida para desmantelar el programa de vigilancia masiva de la NSA.
Pornografía infantil ≠ pedofilia
Por último, en el actual debate se tiende a confundir la pornografía infantil y la pedofilia como si fueran la misma cosa. A menudo los fiscales mezclan esta terminología. La pornografía infantil está penada por ley, mientras que la pedofilia se comprende como un problema complejo de rasgos sicológicos y sociales que requiere de un abordaje más integral para solucionarlo.
De igual manera, si resulta ser correcto que todas las personas que compartieron o le dieron “me gusta” al citado sitio de pornografía infantil en Facebook son pedófilas, el problema es de índole social y no de retención de datos. La pregunta correcta entonces es: ¿Qué estamos haciendo mal como sociedad para que se presente una situación tan alarmante?
De igual manera, queda en duda la rigurosidad de los números arrojados en los medios en torno al susodicho caso en Facebook. Según confusas declaraciones del fiscal Martínez, se dieron 797 casos de pornografía infantil — fotos y videos — desde Paraguay. Esta cifra es llamativamente alta cuando se la analiza en perspectiva.
Tan sólo hace 4 meses, la fiscala María Teresa Aguirre declaraba a la prensa que en el país se registran 3 casos de pornografía infantil por día. Nos preguntamos cómo es posible que los números cambien de manera tan drástica desde entonces. Además, en EE.UU., se otorgaron 1902 condenas en todas las cortes federales por pornografía infantil entre los años 2013 y 2014. Este es un país de más de 300 millones de habitantes. En Paraguay, con una población de tan sólo 7 millones, se identifican casi 800 casos en un sólo hecho. Como mínimo necesitamos revisar estos números, mientras que la Fiscalía debería ser más responsable antes de publicitar este tipo de información.
¿Qué podemos hacer contra la ley #Pyrawebs?
El proyecto de ley fue rechazado por unanimidad en la Cámara de Diputados el pasado 12 de marzo. Por ello, vuelve a la Cámara de origen — Senadores. Allí, debemos asegurarnos que se rechace para garantizar que el proyecto sea efectivamente archivado.
Esto es lo que podemos hacer a corto plazo:
- Compartir información sobre #Pyrawebs con tu comunidad.
Esta ley es una verdadera amenaza para las libertades, seas periodista, artista, político, volante de marca, estudiante, vendedor, trovador o militar.
Todos tenemos que saber que están a punto de convertirnos en sospechosos, todos debemos parar esta ley. - Comunicar a los senadores el rechazo a este proyecto
Escribiles! Twitter, Facebook, emails, todo vale. - Firmá la petición contra el proyecto de ley