El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) ha mostrado un interés continuo en integrar tecnologías de información y comunicación (TIC) en los procesos electorales desde los años 2000.
Desde la utilización de urnas electrónicas alquiladas hasta la creación del Sistema de Transmisión de Resultados Electorales Preliminares (TREP)1, ejemplos sobran para apuntar un interés sostenido en la tecnología por parte del principal órgano electoral paraguayo.
Simultáneamente, la adopción de tecnología electoral ha enfrentado resistencia por parte de diversos grupos de la sociedad, quienes argumentan que no existen garantías suficientes para su implementación. Un ejemplo reciente de esta oposición fueron las masivas protestas de simpatizantes del partido Cruzada Nacional y otros partidos de oposición contra los resultados de las elecciones generales de 2023. Estos partidos rechazaron los resultados presidenciales, alegando fraude electoral mediante las máquinas de votación electrónica utilizadas en Paraguay desde 2021.
En este contexto, el TSJE ha presentado recientemente un paquete de reforma electoral que incluye varias propuestas importantes, con el propósito de vincular estas reformas con otros procesos en curso relacionados con las elecciones. En este sentido, creemos importante reflexionar sobre la evolución del sistema electoral y su intersección con las TIC para construir sobre procesos ya establecidos, con el objetivo de fortalecer la confianza en el sistema electoral paraguayo.
¿Una reforma electoral de carácter técnico?
El TSJE ha presentado recientemente un documento de reforma electoral que propone una serie de ajustes de carácter técnico al actual Código Electoral, con vistas a las elecciones municipales de 2026. Entre las principales propuestas se incluyen garantizar una mayor independencia de los miembros de mesa respecto de los partidos políticos y remunerarlos, así como reforzar la independencia de jueces, juezas y fiscales. Además, se plantea extender el período electoral a 170 días, entre otros cambios reflejados en más de 200 artículos.
Desde TEDIC, valoramos positivamente que la máxima autoridad electoral busque resolver cuestiones operativas en el proceso electoral, identificadas conjuntamente con diversos partidos políticos. Por ello, hemos analizado una serie de artículos de la reforma que se relacionan directamente con dos investigaciones realizadas por TEDIC, las cuales documentan las particularidades de la interacción de los votantes con las máquinas de votación electrónica en las elecciones municipales de 2021 en Asunción y las generales de 2023 en Asunción y Ciudad del Este. El siguiente cuadro presenta un análisis de ciertos artículos de la reforma y aspectos que conectan con nuestros hallazgos, los cuales requieren atención del TSJE y de los legisladores que tratarán esta reforma en el pleno legislativo.
Artículo reforma electoral | Hallazgos en investigaciones de TEDIC |
Artículo 104 Las casillas de votación son espacios reservados para garantizar el secreto del voto. Las especificaciones técnicas serán establecidas por la Justicia Electoral. | Tanto las encuestas de usabilidad realizadas en Asunción (2021 y 2023) y Ciudad del Este (2023) demuestran que, en promedio, más del 20% del electorado en Asunción y Ciudad del Este no considera que el cuarto oscuro les otorgó la seguridad suficiente para votar de manera libre y secreta. En el caso de Ciudad del Este, para las generales del 2023, esta negativa llega a un 29,9%. Por ende, es importante que las autoridades electorales establezcan un alto estandar de seguridad que permita garantizar el secreto del voto. Esto también se relaciona con los porcentajes de votantes que ingresaron acompañados al cuarto oscuro invocando la figura del voto asistido. Aunque en Asunción esta práctica disminuyó considerablemente entre 2021 y 2023, según nuestra encuesta, en Ciudad del Este durante las elecciones generales de 2023, el porcentaje fue notablemente alto: un 7,4% del electorado ingresó acompañado al cuarto oscuro. |
Artículo 118 Corresponde al Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) determinar la cantidad máxima de electores que figurarán en el padrón de cada mesa receptora de votos. | Este es un punto importante a analizar. En Asunción, tanto en las elecciones municipales (93,9%) como en las generales (97%), las personas electoras afirmaron que únicamente votaban en las máquinas de votación asignadas a sus respectivas mesas. Sin embargo, en Ciudad del Este durante las generales de 2023, un 9,3% de los votantes señaló que personas de diferentes mesas acudían a votar en sus mesas y, por tanto, en máquinas de votación electrónica que no les correspondían. Esta situación podría impactar negativamente en el registro máximo de electores por mesa y provocar la anulación de varias mesas, ya que si se encuentran más papeletas que votantes asignados a una mesa, se procede a la anulación de dicha mesa. |
Artículo 184 Son obligaciones de los miembros de la mesa receptora de voto. | Si bien el artículo 184 es bastante extenso en describir las responsabilidades de los miembros de mesa, siendo una de ellas la verificación del recinto para que el elector pueda emitir el voto de manera segura (Esto lo conectamos directo con lo reflexionado más arriba en el artículo 104), destaca un tema directamente relacionado con el actual sistema de votación electrónica. Concretamente, es necesario que los miembros de mesa alerten y guíen a las personas votantes sobre la manera correcta de controlar su expresión de voto. Para las elecciones generales del 2023, solamente un 23,9% de personas votantes en Asunción y 14% en Ciudad del Este no controló su papeleta correctamente, de acuerdo a como el TSJE sugiere: visualmente y con el lector RFID. Los números son similares para las municipales del 2021 en Asunción. Esto contrasta con los altos porcentajes de personas votantes que mencionan que no fueron alertadas por miembros de mesa sobre la importancia del doble control: 76,6% en Asunción y 83,1% en Ciudad del Este para las generales del 2023. Es fundamental que el TSJE aborde esta disonancia en la manera en que los votantes controlan efectivamente su expresión de voto, mediante una mayor orientación por parte de los miembros de mesa. Esta lógica también puede extenderse a lo propuesto en el artículo 196, garantizando que se brinden alertas claras y constantes a los votantes sobre cada paso del proceso de votación con las máquinas, en sus distintas fases. De esta manera, se busca asegurar que los votantes mantengan el mayor grado de control sobre su expresión de voto. |
Artículo 196 El día de los comicios, los delegados electorales podrán habilitar puestos de información en los locales de votación a los efectos de que los electores puedan averiguar su ubicación en los padrones. La tarea se hará con el control de las asociaciones políticas que participaren en los comicios. | |
Artículo 292- Quedan absolutamente prohibida la propaganda cuyos mensajes propugnen: Los mensajes con alusiones personales, injuriosas o denigrantes hacia cualquier ciudadano o ataques a la moralidad pública y las buenas costumbres (…) | Es fundamental que el TSJE tome medidas para mitigar la violencia y la desinformación durante las elecciones, incluyendo la regulación de la propaganda electoral. Sin embargo, no está claro si estas medidas se aplicarán únicamente a páginas web, pasacalles, afiches y perfiles oficiales de partidos políticos en redes sociales, o si también afectarán a cualquier perfil individual. Además, es crucial aclarar quién tendrá la autoridad para determinar si un mensaje es prohibido: ¿será un juez en el marco del debido proceso, o recaerá esta responsabilidad directamente en el TSJE? Si la interpretación de estos mensajes queda exclusivamente en manos del TSJE, sin un adecuado control judicial, podría plantear serios problemas para la libertad de expresión. Reconocemos que la desinformación y la violencia erosionan la confianza, participación e integridad de las elecciones y, en última instancia, de la democracia. No obstante, en nuestra investigación sobre desinformación, consideramos que este es un terreno complejo. Creemos que es crucial mantenernos dentro del marco del derecho a la libertad de expresión, limitando la intervención solo a aquellos discursos no protegidos por esta libertad, tal como lo establece el artículo 13.5 de la Convención Americana. Según esta norma, los únicos discursos excluidos de protección son la propaganda de guerra, la apología del odio nacional, racial, de género o religioso, y la incitación a la violencia. Mantener este enfoque es esencial para equilibrar la protección de la democracia y el respeto por los derechos fundamentales. Además se sugiere que las medidas de protección y reparación para mitigar estas prácticas sean a través de los fueros civil y administrativo y que no tengan un enfoque punitivo. |
Un secreto a voces: La implementación de biometría para el control de votantes
Diversas notas de prensa apuntan a un interés renovado del TSJE por implementar datos biométricos, concretamente huellas dactilares, como parte del proceso de validación de la identidad de votantes. Si bien el actual texto de la reforma electoral solamente plantea el uso de cédulas de identidad para identificar personas votantes previo al momento de la votación, es evidente que existen conversaciones entre el TSJE y diversos actores políticos sobre implementar la validación biométrica como parte del proceso de identificación de una persona.
Esto no es algo nuevo. El TSJE ha mostrado un interés continuo en la implementación de sistemas de identificación biométrica al menos desde 2013. Desde TEDIC, hemos advertido repetidamente sobre los riesgos de estas iniciativas, que requieren la recolección masiva de datos sensibles2, especialmente en un contexto en el que aún no contamos con una ley integral de protección de datos personales3. En 2019, analizamos exhaustivamente una propuesta legislativa en el Senado que modificaba los Artículos 98, 201 y 208 de la Ley 834/964, con el fin de implementar un sistema de identificación biométrica facial en el proceso de votación. En su momento, planteamos varias inquietudes: ¿Qué garantías existen para que no se relacione la identidad del votante con su voto? ¿Cómo se protege el derecho constitucional al secreto del voto? ¿Existen salvaguardas para evitar la manipulación y adulteración de copias de huellas dactilares y reconocimiento facial que pretende utilizar el TSJE? Si el servicio de proveer las máquinas de voto electrónico se terceriza, ¿también se alquilarán los dispositivos de lectura biométrica al sector privado? ¿Tendrán acceso a la base de datos biométricos? ¿Cómo se evitará la venta de estas bases de datos, como ha sucedido con la base de cédulas de identidad? ¿Se impondrán sanciones en caso de abuso por parte de los responsables de estas bases de datos? ¿Qué medidas se tomarán si los datos biométricos son clonados?
Las preguntas planteadas siguen siendo tan relevantes como en 2019 y deben guiar y limitar cualquier implementación de estos sistemas por parte de las autoridades electorales. El proyecto de ley de 2019 fue finalmente postergado en la Cámara de Senadores, y en 2022 una propuesta similar, denominada “Que Regula la aplicación de la huella dactilar en las comisiones”5, resurgió en la Cámara de Diputados, donde también fue postergada sin llegar a debatirse en el Congreso.
En esta misma línea, el TSJE ha seguido insistiendo en la necesidad de implementar la biometría. Durante los meses de enero a marzo de 2023, en plena preparación del proceso electoral, se planteó la idea de utilizar la identificación por huellas dactilares en las mesas de votación. Sin embargo, el TSJE decidió dar marcha atrás, argumentando que esto podría dificultar la participación de los votantes y ralentizar el proceso de votación, según expresó el ministro César Rossel.
Por su parte, el senador Eduardo Nakayama señaló durante una presentación del TSJE en el cierre del diplomado en procesos electorales en el Congreso Nacional, que el próximo paso en las reformas electorales que incluyan tecnología debe ser la implementación del control biométrico del votante, con el objetivo de prevenir fraudes.
En la reunión entre el TSJE y TEDIC en agosto de 2024, el TSJE expresó la necesidad de implementar el registro biométrico en las elecciones. Sin embargo, esta propuesta no se incluyó en la versión de la reforma electoral presentada este año al Congreso, ya que, según explicaron, no hubo consenso político al respecto. Desde el TSJE planean presentar esta iniciativa de manera separada de la serie de propuestas técnicas ya presentadas.
A partir de todo lo expuesto, creemos fundamental que todos los actores continúen monitoreando de cerca el proceso de implementación de los datos biométricos, evaluando tanto la proporcionalidad como la necesidad de manejar un dato tan sensible. Este seguimiento debe hacerse con especial atención a la falta de salvaguardas adecuadas para garantizar la protección de los derechos de las personas involucradas y su participación activa en las elecciones.
Más herramientas digitales para iniciativas ciudadanas: ¿nuevas formas de participación o de exclusión?
A solo cinco meses del inicio del gobierno de Santiago Peña y del nuevo Congreso Nacional, en enero de 2024 se hizo pública una lista de casos de nepotismo en el Estado. La lista incluye a familiares de parlamentarios y altas autoridades contratados o nombrados en cargos con salarios elevados. Destacan casos como el de Montserrat Alliana, hija del Vicepresidente, quien, con 25 años y sin título universitario, ocupa un puesto con un salario superior a los 18.000.000 de guaraníes (aproximadamente 2.500 USD). Otro caso es el de Ronald Solinger, hijo del diputado Germán Solinger (ANR), de 33 años, con un salario de 35.000.000 de guaraníes (aproximadamente 5.000 USD) en la Entidad Binacional Yacyretá. Asimismo, Elías Godoy, hijo de la diputada Roya Torres6, trabaja como asesor de su madre con un salario de 9.500.000 de guaraníes (aproximadamente 1.350 USD). A lo largo del año, la lista se ha ido ampliando, generando un creciente debate sobre la transparencia y la ética en la administración pública.
En febrero de 2024, un grupo de ciudadanas y ciudadanos presentó una iniciativa popular ante el Congreso Nacional para prohibir y penalizar el nepotismo en la función pública7, conocida coloquialmente como «Chau Nepotismo». Esta propuesta se canalizó mediante la iniciativa popular, un derecho constitucional habilitado por el TSJE tras la modificación de la ley electoral y orgánica municipal en 2022.
Para la recolección de firmas de cualquier iniciativa popular, desde 2022 el TSJE ofrece un portal en el que se pueden compartir las propuestas y realizar un seguimiento público de las firmas recolectadas, verificando la veracidad de las identidades de los firmantes para llevar la propuesta al Congreso. Para identificar a los apoyantes, se solicita el número de cédula de identidad y el IC, junto con la verificación de un captcha para asegurar que una persona real está completando el formulario.
Para impulsar la iniciativa “Chau Nepotismo”, se lograron reunir 61.217 firmas, superando las 48.321 requeridas. Durante el proceso, el TSJE identificó “fallas mínimas” relacionadas con la carga del IC y errores en el ingreso de números de cédulas nuevas con chip; además, en ciertos momentos el sistema dejó de recibir firmas debido a mantenimientos. Sin embargo, la ciudadanía reportó la desaparición de 3.800 firmas de la plataforma digital durante la recolección.
En el cierre del diplomado en procesos electorales llevado a cabo en el Congreso Nacional en julio de 2024, el TSJE compartió algunos desafíos de la reforma electoral, específicamente de carácter técnico, incluyendo la implementación de la identidad electrónica del Ministerio de Tecnología de la Información y la Comunicación (MITIC). Esta plataforma de identidad se propone para las futuras firmas en procesos de iniciativas populares, con el objetivo de evitar las dificultades observadas con la plataforma actual.
Sobre el punto, desde TEDIC consideramos que el portal de identidad electrónica de MITIC representa una innovación pública significativa al facilitar trámites, pero también se convierte en una base de datos que maneja información sensible, como datos de salud, antecedentes policiales y judiciales, entre otros. Nuestra preocupación radica en cómo se implementará esta integración: si se limitará al acceso mediante el portal del TSJE o si el MITIC también almacenará esta información ciudadana. Dependiendo de la respuesta, será crucial evaluar las medidas de seguridad y la protección de la integridad de los datos personales.
Por otro lado, desde una perspectiva de inclusión, el portal actual del TSJE no está diseñado para las personas que no tienen acceso a Internet o que dependen únicamente de aplicaciones gratuitas como WhatsApp, lo cual representa a una gran parte de la población. Incorporar una plataforma compleja como la de MITIC podría afectar aún más la participación de grupos vulnerables sin acceso a la tecnología. Desde su implementación en 2017, el portal de identidad electrónica ha sido utilizado por 700.000 personas, según datos del MITIC a diciembre de 2023. Sin embargo, esto indica que una gran parte de la población aún no utiliza este sistema. Si se implementa la propuesta, existe el riesgo de ampliar la brecha entre quienes utilizan estas plataformas y quienes no, ya que al diseñar soluciones tecnológicas, a menudo no se consideran factores como el nivel de alfabetización digital o la conectividad, lo que podría excluir a muchas personas del ejercicio de su derecho a la participación política.
Brilla por su ausencia: Una regulación sobre propaganda electoral en redes sociales
En los últimos años, el TSJE ha implementado diversas acciones para fortalecer su capacidad de comprender las dinámicas de las elecciones en entornos digitales, especialmente en redes sociales. Un ejemplo de esto es la firma de un convenio de cooperación con el Tribunal Electoral de Panamá en mayo pasado, con el fin de intercambiar experiencias y herramientas que promuevan el uso responsable y ético de la tecnología en los procesos electorales. Más recientemente, el Presidente del TSJE anunció un próximo acuerdo con varias plataformas de redes sociales para lanzar una campaña contra la desinformación y el uso indebido de la inteligencia artificial (IA) en los procesos electorales.
En la misma línea, en julio de 2024 se llevó a cabo el Foro Internacional del Parlamento del Mercosur en Paraguay, donde se discutieron temas como la desinformación, las plataformas digitales y la integridad electoral, así como las estrategias para integrar la IA en los procesos electorales como herramienta en la lucha contra los “crímenes virtuales”.
En agosto del mismo año, Paraguay fue sede de la XVII Reunión Interamericana de Autoridades Electorales (RAE) de la OEA. El TSJE, además de ser coanfitrión, anunció que asumirá la presidencia de la UNIORE el próximo año. El encuentro reunió a 30 organizaciones electorales y 40 autoridades para discutir temas como la inteligencia artificial y su impacto en los procesos democráticos, la violencia política y digital, y su influencia en las elecciones. Entre los temas abordados se incluyó la moderación de contenidos “problemáticos” y la regulación de discursos prohibidos, como los discursos de odio.
Asimismo, el presidente del TSJE anunció en una entrevista en agosto de este año que ofrecerán un chatbot de IA para que la ciudadanía pueda realizar consultas relacionadas con los comicios.
Sin embargo, un aspecto notablemente ausente en el texto actual de la reforma electoral es la regulación de las campañas políticas en redes sociales. Estas plataformas se han convertido en un espacio central de disputa política, donde se cometen irregularidades, como el uso indiscriminado de datos personales para diversos fines. A través de publicaciones realizadas en un proceso de capacitación intensiva en Asunción y Ciudad del Este en 2023, dirigidas a periodistas y grupos de la sociedad civil, demostramos la relevancia de las redes sociales en diversas campañas políticas. Descubrimos que varias candidaturas a nivel nacional y departamental invierten sumas considerables de dinero en publicidad en redes sociales sin declarar estos gastos en sus declaraciones juradas, disponibles en el Observatorio Nacional de Financiamiento Político (ONAFIP).
En este sentido es crucial que el TSJE considere la evidencia recopilada por TEDIC en los últimos años, que resalta la importancia de analizar las redes sociales para comprender la magnitud y el alcance de las campañas electorales digitales en Paraguay. Sin esta atención, corremos el riesgo de retrasar una reforma electoral integral por varios años. Además, es fundamental que cualquier regulación de las redes sociales se realice de manera participativa, involucrando a diversas partes interesadas, para garantizar una regulación equilibrada que proteja los derechos humanos en línea y evite escenarios de censura de contenido, como se ha observado en otros países de la región.
¿Vientos de cambio? La urgencia de un debate nacional entre múltiples partes interesadas
Desde hace unos meses, actores de la oposición han expresado interés en un sistema mixto de votación, que permitiría a los votantes usar papeletas para elegir presidente, gobernadores e intendentes, y máquinas de votación electrónica para concejales y parlamentarios. Esta propuesta surge a raíz de la crisis posterior a las elecciones generales de 2023 y la creciente desconfianza hacia el sistema de votación electrónica por parte de actores políticos, debido a la falta de transparencia en su implementación y auditoría.
Este interés se ha concretado en la presentación de un proyecto de ley por parte del Senador Ever Villalba (PLRA), que permitiría a los votantes ejercer su derecho de la manera descrita más arriba. Si bien celebramos esta primera iniciativa desde el pleno del legislativo para abordar preocupaciones de fondo sobre el sistema de votación electrónica en Paraguay, tema que desde TEDIC venimos impulsando desde 2018, es importante que este proceso sea integral y enmarcado en una reforma que involucre a diversas instituciones públicas, actores políticos, sociedad civil organizada, academia, sector privado y la comunidad técnica en la redacción y definición de prioridades.
Además, es crucial que esta discusión no distinga entre el uso de papeletas o máquinas de votación según los cargos electivos. Debemos reconocer los riesgos que presentan las máquinas en todo el sistema electoral, especialmente en la fase de emisión de votos, y no diferenciar estos riesgos según el cargo en disputa. El valor del voto popular es igual para todos los cargos electivos, y es fundamental protegerlo en su totalidad.
Recomendaciones
Desde TEDIC, consideramos que se está abriendo una nueva etapa en el desarrollo de nuestro sistema electoral. En este contexto, y con el objetivo de fortalecer las diversas discusiones y debates que se están llevando a cabo de manera paralela y sin una articulación unificada, creemos que:
- Es necesario instalar una mesa a nivel nacional que evalúe el actual texto de la reforma electoral y trate los vacíos que actualmente existen en la misma, tales como la falta de un abordaje regulatorio a la propaganda electoral en redes sociales.
- Es necesario que la mesa nacional vincule las discusiones sobre la reforma electoral y aborde la posibilidad real de revertir la implementación del sistema de votación electrónica, en un ambiente que permita una discusión honesta y participativa sobre el tema. Es importante que tal debate no diferencie el uso de papeletas y máquinas dependiendo de cargos unipersonales versus pluripersonales.
- Es importante abandonar cualquier iniciativa que busque la implementanción de sistemas digitales de identificación biométrica digital como parte del proceso de identificación de votantes.
- Se sugiere que se defina claramente el alcance de las medidas de aplicación sobre discurso durante las elecciones, en especial se recomienda asegurar que cualquier decisión sobre la prohibición de mensajes sea realizada bajo los critarios de debido proceso, autoridad competenet y protegiendo la libertad de expresión.
- Es necesaria una reflexión sobre el uso de la identidad digital de MITIC como instancia de validación de las personas que quieren participar de iniciativas populares. El TSJE tiene que buscar un balance entre la tecnología y el acceso a Internet para evitar exclusiones a un derecho constitucional.
- Se necesita con urgencia una ley integral de protección de datos personales. El TSJE debe apoyar la ley integral que se encuentra todavía pendiente de tratamiento en el Congreso y como paso crucial con miras a fortalecer el control en el uso de datos personales para campañas políticas digitales.
Seguiremos de cerca los debates en curso sobre esta materia y continuaremos contribuyendo con nuestras investigaciones, con el objetivo de promover políticas públicas basadas en la evidencia.
Conocé en profundidad todas las investigaciones que desarrollamos sobre “Tecnología y elecciones” en:
Nombre de la investigación | Tema que aborda | Enlace de descarga |
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El voto electrónico a la luz del derecho constitucional | Análisis del voto electrónico desde una perspectiva constitucional | Enlace de descarga |
El encierro de la democracia en una caja negra | Impacto del voto electrónico en la transparencia y legitimidad democrática | Enlace de descarga |
Entre el mito y la realidad. Una perspectiva constitucional | Discusión de mitos y realidades del voto electrónico en el marco constitucional | Enlace de descarga |
La dictadura cautelada. La crisis de la legitimidad | Análisis de la crisis de legitimidad en sistemas de votación electrónicos | Enlace de descarga |
Boleta única electrónica: algunos riesgos y cómo mitigarlos | Riesgos de la boleta única electrónica y medidas de mitigación | Enlace de descarga |
Habeas data y afiliaciones fraudulentas por uso indebido de datos | Abuso de datos personales en afiliaciones fraudulentas y derechos de habeas data | Enlace de descarga |
Historia del voto electrónico en Paraguay (2000 al 2021) | Evolución del voto electrónico en Paraguay | Enlace de descarga |
Encuesta sobre uso de máquinas de votación en elecciones 2021 | Uso de máquinas de votación electrónica en las elecciones municipales de 2021 | Enlace de descarga |
Uso de máquinas de votación electrónica en elecciones generales 2023 | Análisis del uso de máquinas en las elecciones generales de 2023 | Enlace de descarga |
La desinformación. Desafíos en el contexto electoral de Paraguay | Desafíos de la desinformación en elecciones | Enlace de descarga |
La propaganda en redes sociales existe: monitoreo del gasto 2021 | Monitoreo del gasto en propaganda en redes sociales durante las elecciones de 2021 | Enlace de descarga |
PubliElectoral | Análisis de la publicidad electoral en Paraguay | Enlace de descarga |
Violencia facilitada por la tecnología a mujeres políticas en Paraguay | Violencia digital dirigida a mujeres en política | Enlace de descarga |
Guía del votante – Tactical Tech | Guía práctica para votantes sobre el uso de la tecnología en elecciones | Enlace de descarga |
Tergiversación de la ley 5777/16 – Libertad de expresión | Análisis sobre la interpretación de la ley 5777/16 en relación a la libertad de expresión | Enlace de descarga |
La industria de la influencia en las elecciones paraguayas | Estudio de la influencia de la industria digital en elecciones | Enlace de descarga |
1Sistema que permite agilizar el proceso de transmisicón del resultado de los conteos de votos en las distintas mesas de votación alrededor del país.
2Los datos personales se diferencian de los datos personales sensibles, ya que estos refieren a pertenencias raciales o étnicas, preferencias políticas, convicciones religiosas, filosófica o morales; participación o afiliación en una organización sindical o política; información referente a la salud, la preferencia o vida sexual, datos biométricos y genéticos vinculados a una persona física y, en general, los que fomenten prejuicios y discriminaciones ilícitas o arbitrarias. Más información aquí https://www.tedic.org/lanzamiento-nuevo-fanzine-para-la-campana-mis-datos-mis-derechos-por-una-ley-integral-de-proteccion-de-datos-personales/
3Actualmente se encuentra pendiente de tratamiento en la Cámara de Diputados el proyecto de ley de protección de datos personales presentado por la Coalición de Datos Personales, de la cuál TEDIC es parte. Más información aquí https://www.datospersonales.org.py/
4Presentada por los Senadores Fidel Zavala, Stephan Rasmussen, Patrick Kemper, Gilberto Apuril, Georgia María Arrua.
5Presentado por los Diputados Rocio Abed, Esmerita Sánchez, Basilio Nuñes y Justo Zacarías.
6Elias Godoy fue imputado por cobro indebido de honorarios y le otorgaron medidas alternativas de prisión. La diputada es del partido liberal (no oficialista) y enfrentará a la Justicia una vez que finalice su inmunidad parlamentaria. Más información aquí: https://elnacional.com.py/politica/2024/07/19/caso-nepobabies-juez-otorga-medidas-alternativas-al-hijo-de-la-diputada-roya-torres/
7El proyecto señalaba que Paraguay es uno de los países más corruptos de la región, y es inaceptable que el castigo al nepotismo sea solo la inhabilitación para ejercer cargos públicos. Por ello, proponen sanciones de hasta 5 años de prisión para los involucrados, dejando claro qué actos constituyen nepotismo. La iniciativa busca enviar un mensaje firme: los actos de corrupción deben ser severamente castigados. Este proyecto de ley, fruto del hartazgo ciudadano, es una oportunidad para decir BASTA al nepotismo.